Torre de Ingeniería

Lineamientos para la Autorización de Albergue a Proyectos

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Generalidades

La Torre de Ingeniería es un espacio universitario creado para albergar proyectos de ingeniería que contribuyen al desarrollo del país y satisfacen las necesidades tecnológicas de la sociedad mediante la integración de las capacidades en ingeniería de la UNAM.

El presente ordenamiento regula los procedimientos que se deben observar para obtener la autorización del Consejo Directivo de la Torre de Ingeniería para la realización de proyectos en la Torre de Ingeniería y se fundamentan en las “Normas de Funcionamiento de la Torre de Ingeniería” publicadas el 30 de noviembre de 2006, en el “Reglamento sobre los Ingresos Extraordinarios de la Universidad Nacional Autónoma de México”, en sus acuerdos relativos y en la legislación universitaria en general.

Entidades que podrán presentar proyectos

1. Las entidades que podrán presentar proyectos a la consideración del Consejo Directivo para ser realizados en la Torre de Ingeniería, serán las entidades académicas que formen parte del mismo Consejo, así como aquellas entidades o dependencias universitarias, que por medio de algún titular del CDTI presenten propuestas de proyectos que impliquen una aportación al desarrollo tecnológico del sector productivo.

Características de los proyectos

2. Para que un proyecto sea aprobado por el Consejo Directivo, la entidad o dependencia deberá presentar por escrito en el formato respectivo, la solicitud de espacio ante el Comité de Proyectos.

3. El Comité de Proyectos de la Torre de Ingeniería vigilará que:

3.1. El proyecto esté debidamente soportado por un convenio suscrito entre una entidad o dependencia universitaria y una empresa o institución del sector productivo nacional, público o privado.
3.2. El convenio esté debidamente registrado ante la Oficina del Abogado General de la UNAM.
3.3. El proyecto cumpla con las siguientes características:
3.3.1. Resolver problemas que representen innovaciones en el campo de la ingeniería.
3.3.2. Incluir la participación de personal académico de más de una entidad académica de la UNAM.
3.3.3. Generar ingresos extraordinarios a la UNAM que permitan el desarrollo y operación de la Unidad Administradora de la TI.
3.3.4. Incluir la participación de estudiantes de licenciatura y posgrado de la UNAM.

Solicitud de espacios para realizar proyectos en la TI

4. El Proyecto aprobado por el CD se registrará en la Coordinación Administrativa de la TI quien instruirá al responsable del mismo sobre las reglas de uso del espacio, horarios y acceso y permanencia en el interior del edificio.

5. Al término del proyecto la entidad universitaria liberará el espacio asignado.

6. La solicitud de espacios para realizar proyectos en la Torre de Ingeniería se presentará al Consejo Directivo por recomendación del Comité de Proyectos y comprenderá:

6.1. Formato de solicitud de espacios en la TI debidamente llenado y firmado. El formato incluye:
6.1.1. Nombre del proyecto.
6.1.3. Monto del convenio.
6.1.4. Objetivos del proyecto y justificación de su solicitud de albergue en la TI.
6.1.5. Entidad académica responsable y personal de otras entidades académicas participantes.
6.1.6. Número de registro del convenio en la oficina del Abogado General de la UNAM o copia del documento que ofrezca constancia de inicio del trámite correspondiente.
6.1.7. Espacio físico requerido.
6.1.8. Observaciones y demás información que facilite la identificación del proyecto.
6.1.9. Nombre y firma del Director de la Entidad Académica responsable y del Responsable del proyecto.
6.1.10. Fecha de recomendación de aprobación del Comité de Proyectos.
6.2. Copia del convenio debidamente firmado por las partes.

7. El Consejo Directivo también tomará en cuenta para la asignación de espacios, la contribución del proyecto al logro de los objetivos estratégicos de la Torre de Ingeniería.

Criterios para la ocupación

8. Una vez aprobado el albergue a un proyecto por el Consejo Directivo de la Torre de Ingeniería, la Coordinación Administrativa asignará el espacio requerido y lo entregará al Responsable del proyecto para su resguardo. Para este efecto se levantaran las actas correspondientes.

9.El personal que participe en proyectos en la TI debe dar cabal cumplimiento a las Reglas de operación de la TI, para ello se le entregará una copia del documento correspondiente al responsable del proyecto.

10. El Consejo Directivo se reserva el derecho de solicitar por escrito:

10.1. La reubicación del personal del proyecto, previo aviso de 15 días.
10.2. La terminación del albergue del proyecto, previo aviso de 60 días.

11. Al término del proyecto deberá desocuparse el espacio que le fue asignado en la Torre de Ingeniería.

12. Un proyecto podrá ampliar el plazo de ocupación por un período máximo igual al período del convenio, cuando el Director de la entidad académica responsable del mismo así lo solicite y justifique plenamente las causas de la ampliación. Dicha solicitud deberá presentarse por escrito (en el formato correspondiente) al Coordinador Administrativo de la TI con al menos, un mes de anticipación a la fecha de vencimiento del plazo de ocupación.

13. La aprobación de las solicitudes de ampliación de plazo que se presenten fuera del periodo señalado en la presente cláusula, dependerá de la decisión del Consejo Directivo.

Casos especiales de ocupación

14. El Consejo Directivo en forma extraordinaria y excepcional, podrá autorizar el albergue en la Torre de Ingeniería, en los siguientes casos:

14.1. Proyectos cuyos Convenios no estén completamente firmados, si el Director de la Entidad, explica la situación excepcional.
14.2 Proyectos semilla, es decir aquellos que propician la obtención de nuevos proyectos patrocinados para cumplir con la finalidad de la Torre de Ingeniería.
14.3. Otros proyectos que se considere contribuyen al logro de la finalidad de la Torre de Ingeniería.

Cuotas de recuperación por espacio ocupado

16. Por todos los casos de ocupación de espacios en la TI se necesitarán las cuotas de recuperación con base en las cuotas establecidas por el Consejo Directivo.

17. Las cuotas de recuperación de albergue se realizarán de acuerdo con las instrucciones que proporcione la Coordinación Administrativa de la TI.